La CIDH sometió ante la Corte IDH el caso relacionado con la detención, tortura y muerte del dirigente opositor Fernando Alberto Albán Salaza.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sometió ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso relacionado con la detención, tortura y muerte del dirigente opositor Fernando Alberto Albán Salazar, ocurrida en octubre de 2018 mientras permanecía bajo custodia del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN).
El caso Nº 14.267 fue remitido a la Corte IDH el pasado 5 de agosto de 2026, luego de que la CIDH concluyera que el Estado venezolano incurrió en múltiples violaciones de derechos humanos contra Albán y sus familiares.
Albán, de 56 años, era concejal del municipio Libertador del Distrito Capital, dirigente opositor y fundador del partido Primero Justicia.
Según la parte peticionaria, fue detenido el 5 de octubre de 2018 en el Aeropuerto Internacional de Maiquetía, a su regreso de Nueva York, donde había participado en actividades relacionadas con la Asamblea General de las Naciones Unidas.
La denuncia señala que funcionarios del SEBIN lo aprehendieron sin orden judicial ni explicación sobre los motivos de la detención.
Durante aproximadamente 20 horas, sus familiares y abogados no habrían recibido información oficial sobre su paradero, situación que posteriormente fue denunciada como una desaparición forzada.
CIDH concluyó que fue torturado y ejecutado bajo custodia
Tres días después de su detención, el 8 de octubre de 2018, mientras sus abogados esperaban su presentación ante un tribunal, el fiscal general informó públicamente que Albán había muerto tras presuntamente suicidarse en la sede del SEBIN.
La familia y la defensa cuestionaron desde el inicio esa versión y denunciaron inconsistencias en la información oficial, incluidas diferencias en documentos relacionados con su fallecimiento.
En su Informe de Admisibilidad y Fondo Nº 320/25, la CIDH concluyó que la detención de Albán fue arbitraria y que durante varias horas permaneció en condición de desaparición forzada.
La Comisión también determinó que fue torturado y ejecutado extrajudicialmente mientras se encontraba bajo custodia estatal.
Además, concluyó que el proceso penal abierto en su contra vulneró el principio de legalidad y que la investigación sobre su muerte no se desarrolló con la debida diligencia.
La CIDH sostuvo igualmente que su detención respondió a un motivo discriminatorio relacionado con su militancia política opositora.
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